Recientemente se ha publicado la Ley 3/2023 de 28 de febrero, de Empleo que, en su Disposición final segunda, trae aparejada la modificación de los apartados 1 y 2 del Art. 4 del RDL 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. La redacción del modificado apartado 2 de dicho artículo ahora reza así:
2. Además de lo establecido en el apartado anterior, a los efectos de esta ley, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
Sin perjuicio de lo anterior, a los efectos de la sección 1.a del capítulo V y del capítulo VIII del título I, así como del título II, se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y las personas pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Lo veo como un avance positivo en tanto que mejora el acceso a ayudas, mercado laboral y beneficios sociales. No me termina de quedar claro si el reconocimiento de la discapacidad es automático, o si habría que gestionarlo con Servicios Sociales, previa acreditación de que se es perceptor de IP.
Dejo enlaces a las dos normativas que he citado más arriba:
Se restaura el reconocimiento del 33% de discapacidad a los perceptores de IP en cualquiera de sus grados
Re: Se restaura el reconocimiento del 33% de discapacidad a los perceptores de IP en cualquiera de sus grados
Hola a tod@s compañeros, me gustaria saber como esta realmente este tema en la actualidad. Estan reconociendo en la practica en los centros bases la incapacidad permanente equiparable a un 33% haciendo el tramite? (esto si hay que hacerlo).
Por lo visto en muchos centros base se lo saltan y lo equiparan pero solo a nivel laboral,
Hay dos abogados que me dicen cosas diferentes..en la practica cual esta siendo vuestra experiencia? se esta aplicando o hay que pasar por abogado?
Gracias
Por lo visto en muchos centros base se lo saltan y lo equiparan pero solo a nivel laboral,
Hay dos abogados que me dicen cosas diferentes..en la practica cual esta siendo vuestra experiencia? se esta aplicando o hay que pasar por abogado?
Gracias
Re: Se restaura el reconocimiento del 33% de discapacidad a los perceptores de IP en cualquiera de sus grados
Hola Mara700 por lo que tengo oido no sé reconoce, a ver si hay algun testimonio que lo haya intentado y cuenta.
En la mayoría de casos, las personas beneficiarias de una pensión de incapacidad permanente también tienen derecho al reconocimiento de un grado de discapacidad de al menos el 33%; especialmente, a partir del grado de incapacidad total. Sin embargo, ser beneficiario de una incapacidad permanente no implica directamente tener derecho al reconocimiento de un grado de discapacidad.
Respecto al nuevo baremo de valoración de discapacidad, los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘ explican que «la mala noticia para los pensionistas de incapacidad permanente es que este real decreto no se pronuncia sobre la discapacidad del 33% que se da automáticamente por tener una incapacidad, y que en el momento actual no es a todos los efectos para este colectivo; en la práctica, realmente solo implica una bonificación en el IRPF».
Por tanto, el nuevo baremo de discapacidad no recoge ninguna novedad en relación a las personas a las que se le reconoce una pensión de incapacidad permanente, tal y como recuerdan los expertos de ‘CampmanyAbogados‘.
https://sid-inico.usal.es/noticias/como ... ermanente/
En la mayoría de casos, las personas beneficiarias de una pensión de incapacidad permanente también tienen derecho al reconocimiento de un grado de discapacidad de al menos el 33%; especialmente, a partir del grado de incapacidad total. Sin embargo, ser beneficiario de una incapacidad permanente no implica directamente tener derecho al reconocimiento de un grado de discapacidad.
Respecto al nuevo baremo de valoración de discapacidad, los profesionales de ‘CampmanyAbogados‘ explican que «la mala noticia para los pensionistas de incapacidad permanente es que este real decreto no se pronuncia sobre la discapacidad del 33% que se da automáticamente por tener una incapacidad, y que en el momento actual no es a todos los efectos para este colectivo; en la práctica, realmente solo implica una bonificación en el IRPF».
Por tanto, el nuevo baremo de discapacidad no recoge ninguna novedad en relación a las personas a las que se le reconoce una pensión de incapacidad permanente, tal y como recuerdan los expertos de ‘CampmanyAbogados‘.
https://sid-inico.usal.es/noticias/como ... ermanente/
Re: Se restaura el reconocimiento del 33% de discapacidad a los perceptores de IP en cualquiera de sus grados
Gracias Roberto, pues si haber si hay algun testimonio que cuente como le ha ido con este tema.
Hoy en Fidelis abogados me han venido a decir que aunque hay una ley estatal que si lo equipara IP Y discapacidad 33% son las comunidades autonomas quienes lo aplican y aqui en Madrid se esta aplicando pero solo a nivel laboral de facto o por tramite (llevando tb informes actualizados) pero NO A EFECTOS FISCALES NI SOCIALES.
Yo soy pensionista de clases pasivas (funcionaria) con incapacidad permanente y este año por superar los 22.000 por muy poquito me toca pagar a hacienda casi 1000€. Hasta ahora no tenia obligacion de hacer declaracion pq no superaba ese importe pero con la subida de pensiones y el no ajuste fiscal (supongo que tiene que ver la no aprobacion de los presupuestos y renovacion de los del año pasado). Un desatre..
Hoy en Fidelis abogados me han venido a decir que aunque hay una ley estatal que si lo equipara IP Y discapacidad 33% son las comunidades autonomas quienes lo aplican y aqui en Madrid se esta aplicando pero solo a nivel laboral de facto o por tramite (llevando tb informes actualizados) pero NO A EFECTOS FISCALES NI SOCIALES.
Yo soy pensionista de clases pasivas (funcionaria) con incapacidad permanente y este año por superar los 22.000 por muy poquito me toca pagar a hacienda casi 1000€. Hasta ahora no tenia obligacion de hacer declaracion pq no superaba ese importe pero con la subida de pensiones y el no ajuste fiscal (supongo que tiene que ver la no aprobacion de los presupuestos y renovacion de los del año pasado). Un desatre..