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Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 11 Ago 2017, 12:26
por joselete
Bueno, pues tengo alguna pequeña novedad. He conseguido el informe médico de síntesis, y realmente estoy sorprendido.
A grandes rasgos, esto es lo que pone:
DIAGNOSTICO PRINCIPAL: Estados de ansiedad
DIAGNOSTICO: Estado de ansiedad
DATOS DE RECONOCIMIENTO MEDICO:
Reagudización del trastorno ansioso-depresivo, coxalgia, dorsalgia, fatiga, sindorme de fatiga crónica, fibromialgia, alteración temporomandibular, tratamiento con ansiolíticos, antidepresivos, etc etc etc
TRATAMIENTO Y EVALUACION:
Evolución crónica.Trstorno depresivo y distimia. Limitación para grandes esfuerzos.
En ningún lado se entra a valorar todos los informes aportados sobre el SFC y la FM. No se habla de los puntos fibrocíticos, no se habla del informe de La Paz donde dice "gran limitación funcional que le impide desarrollar actividad laboral y cotidiana", no se habla de los informes del Clinic (grado III/IV de SFC y III de FM).....
En definitiva, no han entrado a valorar las causas reales de mi baja y de mis enfermedades principales. No sé si la Reclamación Previa pudiera tener algún efecto, aunque lo dudo mucho.
En cuanto me reincorpore al trabajo, voy a mi médico de cabecera a pedirle la baja por mis horribles dolores de espalda y la fatiga extrema que arrastro.
Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 11 Ago 2017, 12:39
por Sanat Kumara
Joselete por desgracia en los informes de sintesis suelen obviar lo que has comentado y asi te obligan a ir a juicio.Lo hacen por sistema a todos los enfermos de fibromialgia y SFC.
Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 11 Ago 2017, 13:39
por joselete
Espero que al menos pueda servirme para obtener la baja sin tanto impedimento
Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 11 Ago 2017, 14:49
por Anni
Sí, Joselete, es como te dice Sanat, y en los informes por valoraciones de grado de discapacidad lo mismo. Es indignante, injusto y repugnante, pero eso es porque nuestras enfermedades no están incluidas en la aceptación oficial de enfermedades incapacitantes. Por eso siempre tenemos que acabar en los tribunales.
Es muy importante que consigas cuanto antes los diagnósticos de las lesiones de columna, y no sólo para intentar obtener una nueva baja, sino también porque eso sí que tiene peso en las valoraciones tanto de incapacidad como de grado de discapacidad. Veo que no concretan tus lesiones, sino que sólo aparece "coxalgia, dorsalgia" !!!!
Y por mucha rabia que dé, puesto que nuestros trastornos "ansioso-depresivos" son a consecuencia de la enfermedad y no la causa de ella, para ellos tienen más peso, o sea que si encima por desgracia estás deprimido, intenta conseguir un infome de un psiquiatra de la SS.
Mira, si te soy sincera, a mí me ha sorprendido tu informe pero en el sentido contrario (
qué triste tener que decir eso! ) pues "apunta" una
limitación para grandes esfuerzos que para un informe de síntesis ya es mucho reconocer, pues depende de cual sea tu profesión, pero ya sería un punto de partida que implicaría que ellos estan dispuestos a aceptar cierta "limitación". Las pruebas que acrediten tus limitaciones funcionales y cognitivas causadas por SFC/EM serán de máxima importancia.
Y sí, como bien dices, la reclamación previa es raro que sirva de algo, pero es el paso previo necesario para terminar con la vía administrativa y pasar a la judicial.
Aún así, y a pesar de que muchos abogados lo "despachan" como un simple trámite, yo soy de la opinión de que merece la pena que los abogados se la curren (para algo cobran!). Hay que luchar cada paso que la ley nos ofrece, y aparte que así ya se dispone de una buena base para la demanda posterior, si es el caso.
Mucha suerte y que el ánimo no decaiga. Sé lo difcícl que resulta seguir luchando, yo estoy pendiente de juicio y estoy exhausta a todos los niveles, pero no nos podemos rendir, vale?
Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 11 Ago 2017, 15:04
por elipoarch
Joselete, por si no lo sabes, si el médico te da la baja tienes que llevarla al EVI/ICAM para que te la autoricen. No te vale con que el médico te dé una baja, necesitas una autorización expresa del EVI/ICAM. Si no es así, te puedes quedar sin cobrar tu sueldo (o tener que devolver lo cobrado cuando se den cuenta). Tu única opción real es la que te han comentado: empezar tu procedimiento legal y trabajar (o pedir una excedencia) durante 6 meses antes de conseguir una nueva baja. Además, si te autorizan una nueva baja en el ICAM/EVI, te darán de alta tan pronto como sea posible (no te van a permitir "exagerar" tus dolores) y tendrás que esperar 6 meses para conseguir una nueva baja igualmente, a contar desde la fecha de tu nueva alta.
Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 11 Ago 2017, 15:37
por Anni
elipoarch escribió: ↑11 Ago 2017, 15:04
Joselete, por si no lo sabes, si el médico te da la baja tienes que llevarla al EVI/ICAM para que te la autoricen.
Hola, Eli
Parece ser que respecto a esta cuestión por fin han habido cambios, aunque no sé si sólo afectarán a Catalunya... Aporto el testimonio de Miguel Arenas en su blog:
http://miguelonarenas.blogspot.com.es/2 ... 1%21%21%29
"1. Según el Conseller, "quan es produeix una situación amb diagnòstic diferent al procés previ, malgrat tingui una alta per inspecció, el metge d´atenció primària és competent per emetre la nova baixa mèdica, malgrat no s´hagi superat el termini de 6 mesos". Y dice que está operativo desde abril de 2017. Esta es una de las reivindicaciones más importantes de la PAICAM, el derecho a que sea el médico de familia el que pueda emitir una nueva baja médica aunque haya un alta por inspección del ICAM, siempre y cuando el nuevo motivo del proceso de incapacidad temporal sea por distinta enfermedad, tal y como lo estableció el TS en sentencia de 15/10/2013, RCUD nº 3162/2012."
(Lo que dice en la parte escrita en catalán no lo traduzco porque ya queda claro en la frases siguientes)
De todas formas, como siempre... ABOGAAAADOOOO
pues yo no me fío un pelo de nada de lo que diga el Conseller.
Y por supuesto, consultar como está este tema para el resto del Estado.
Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 12 Ago 2017, 01:42
por joselete
Sanat, qué gran desgracia, sí
Sanat Kumara escribió: ↑11 Ago 2017, 12:39
Joselete por desgracia en los informes de sintesis suelen obviar lo que has comentado y asi te obligan a ir a juicio.Lo hacen por sistema a todos los enfermos de fibromialgia y SFC.
Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 12 Ago 2017, 01:43
por joselete
Anni escribió: ↑11 Ago 2017, 15:37
elipoarch escribió: ↑11 Ago 2017, 15:04
Joselete, por si no lo sabes, si el médico te da la baja tienes que llevarla al EVI/ICAM para que te la autoricen.
Hola, Eli
Parece ser que respecto a esta cuestión por fin han habido cambios, aunque no sé si sólo afectarán a Catalunya... Aporto el testimonio de Miguel Arenas en su blog:
http://miguelonarenas.blogspot.com.es/2 ... 1%21%21%29
"1. Según el Conseller, "quan es produeix una situación amb diagnòstic diferent al procés previ, malgrat tingui una alta per inspecció, el metge d´atenció primària és competent per emetre la nova baixa mèdica, malgrat no s´hagi superat el termini de 6 mesos". Y dice que está operativo desde abril de 2017. Esta es una de las reivindicaciones más importantes de la PAICAM, el derecho a que sea el médico de familia el que pueda emitir una nueva baja médica aunque haya un alta por inspección del ICAM, siempre y cuando el nuevo motivo del proceso de incapacidad temporal sea por distinta enfermedad, tal y como lo estableció el TS en sentencia de 15/10/2013, RCUD nº 3162/2012."
(Lo que dice en la parte escrita en catalán no lo traduzco porque ya queda claro en la frases siguientes)
De todas formas, como siempre... ABOGAAAADOOOO
pues yo no me fío un pelo de nada de lo que diga el Conseller.
Y por supuesto, consultar como está este tema para el resto del Estado.
gracias por el aporte !!!
Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 12 Ago 2017, 02:06
por joselete
elipoarch escribió: ↑11 Ago 2017, 15:04
Joselete, por si no lo sabes, si el médico te da la baja tienes que llevarla al EVI/ICAM para que te la autoricen. No te vale con que el médico te dé una baja, necesitas una autorización expresa del EVI/ICAM. Si no es así, te puedes quedar sin cobrar tu sueldo (o tener que devolver lo cobrado cuando se den cuenta). Tu única opción real es la que te han comentado: empezar tu procedimiento legal y trabajar (o pedir una excedencia) durante 6 meses antes de conseguir una nueva baja. Además, si te autorizan una nueva baja en el ICAM/EVI, te darán de alta tan pronto como sea posible (no te van a permitir "exagerar" tus dolores) y tendrás que esperar 6 meses para conseguir una nueva baja igualmente, a contar desde la fecha de tu nueva alta.
Creo que da lo mismo que la normativa hable de similar patología o no, porque queda a la absoluta discrección final del EVI determinarlo, con lo cual, uno no sabe nunca si esa baja emitida por el médico de cabecera será válida o no.
En cuanto a que el plazo de 6 meses vuelve a iniciarse, no había caído en ello. Recemos para que si en esos seis meses tenemos algún problema de salud, se trate de un esguince al subir la escalera.
Así que me temo que tenemos atados pies y manos. Porque, qué dirá el juez cuando vea que el trabajador ha vuelto a su puesto "sin problema"? Cada persona tiene una situación diferente; en mi caso no creo poder aguantar más de dos días una jornada de manera digna, así que espero tener "la suerte" de una salida rápida y no dolorosa de la empresa.
Deben quedar 4 ó 5 días para que me llegue la notificación de mi reincorporación, así que os iré contando cómo va todo y las opciones que voy viendo, al menos espero que a alguien le pueda ir valiendo de algo.
Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 12 Ago 2017, 08:58
por mjesus7
Gracias Joselete, yo también estoy andando este duro camino y todo lo que se aporta ayuda mucho y también a la vez poder aportar lo que sepa, un fuerte abrazo
Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 12 Ago 2017, 13:46
por coco
Da igual lo que ponga en el informe de síntesis. En el mio ponía SFC desgranando los síntomas e incluso copiando parte de las pruebas funcionales y dio igual.
Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 12 Ago 2017, 14:10
por joselete
coco escribió: ↑12 Ago 2017, 13:46
Da igual lo que ponga en el informe de síntesis. En el mio ponía SFC desgranando los síntomas e incluso copiando parte de las pruebas funcionales y dio igual.
hola coco,
Referente a qué quieres decir que dio igual ? A la denegación o a considerar posteriormente la misma patología ?
Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 12 Ago 2017, 14:19
por coco
A la denegación.
Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 12 Ago 2017, 21:39
por elipoarch
A mí, que soy funcionaria y por tanto se suponía que no se me aplicaba, me exigieron devolver 4 meses de mi sueldo de golpe... os podéis imaginar el palo... claro que de eso hace ya años.
Joselete, cuando recibas el alta, que tu abogado te tenga preparado un escrito para riesgos laborales de tu empresa para que te adapten el trabajo... no servirá de nada, pero así queda constancia de que no estás bien para trabajar.
Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 12 Ago 2017, 21:52
por joselete
Elipoarch, no había oido hablar de eso en concreto. Como mucho, la opción de pedir un reconocimiento médico con la Mutua, en la que sí presentar informes y dejar constancia de mi estado. Imagino que esa opción también podría ser válida, qué opinas ? Mi abogado está dejolideis y aunque podría hacérmelo otro, preferiría que fuera él personalmente.
Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 13 Ago 2017, 01:07
por joselete
joselete escribió: ↑12 Ago 2017, 21:52
Elipoarch, no había oido hablar de eso en concreto. Como mucho, la opción de pedir un reconocimiento médico con la Mutua, en la que sí presentar informes y dejar constancia de mi estado. Imagino que esa opción también podría ser válida, qué opinas ? Mi abogado está dejolideis y aunque podría hacérmelo otro, preferiría que fuera él personalmente.
edito el mensaje, porque estoy dándole vueltas al tema, y no veo causa por la que mi empresa pueda acceder a siquiera tener en cuenta un informe que haga un abogado, tras una denegación de IP donde la SS declara la aptitud para trabajar. Qué validez tiene? Me temo que ninguno.
Y en cuanto a la adaptación del puesto... no veo posibilidades por el tipo de trabajo que tengo. Podríamos asimilarlo a la exigencia de un controlador aéreo, salvando las distancias. De ahí que quizá pueda tener una pequeña ayuda a través del reconocimiento médico en la Mutua, no sé...
En fin, que tengo el cerebro a estas horas en reserva.
Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 13 Ago 2017, 02:36
por Notjustfatigue
Anni escribió: ↑11 Ago 2017, 14:49
Mira, si te soy sincera, a mí me ha sorprendido tu informe pero en el sentido contrario (
qué triste tener que decir eso! ) pues "apunta" una
limitación para grandes esfuerzos que para un informe de síntesis ya es mucho reconocer, pues depende de cual sea tu profesión, pero ya sería un punto de partida que implicaría que ellos estan dispuestos a aceptar cierta "limitación". Las pruebas que acrediten tus limitaciones funcionales y cognitivas causadas por SFC/EM serán de máxima importancia.
Y sí, como bien dices, la reclamación previa es raro que sirva de algo, pero es el paso previo necesario para terminar con la vía administrativa y pasar a la judicial.
Es MUY triste que sea así, pero coincido con Anni. También me sorprende en sentido contrario. No suele ser demasiado habitual que recojan el grado de limitación de manera detallada.
coco escribió: ↑12 Ago 2017, 13:46
Da igual lo que ponga en el informe de síntesis. En el mio ponía SFC desgranando los síntomas e incluso copiando parte de las pruebas funcionales y dio igual.
Así es. En mi caso el INSS aceptaba y recogía todos mis diagnósticos e incluso en el apdo. "limitaciones orgánicas y funcionales" indicaba de manera explícita que eran "las derivadas del cuadro clínico", pero como a todxs eso "no era suficiente".
elipoarch escribió: ↑12 Ago 2017, 21:39
Joselete, cuando recibas el alta, que tu abogado te tenga preparado un escrito para riesgos laborales de tu empresa para que te adapten el trabajo... no servirá de nada, pero así queda constancia de que no estás bien para trabajar.
+10000
Como comenta Eli, en la mayoría de casos no servirá para nada a corto plazo, pero es algo más que dejará constancia de tu incapacidad para trabajar y que te podrá ser MUY útil de cara al juicio. Conozco varios casos en los que se ha tenido en cuenta p.e. aspectos como que el trabajador "se viera forzado" a pedir una excedencia por la imposibilidad de poder reincoporarse a su puesto de trabajo tras el alta por parte de la Inspección. El juicio es algo extremadamente complejo en el que, al final, una suma de "tonterías" como el haber solicitado la adaptación pueden acabar resultando decisivas.
Un abrazo,
Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 13 Ago 2017, 03:29
por veronique
Joselete,
Los articulos de la ley de Prevencion de Riesgos Laborales que se aplican son el 22 y el 25:
www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-24292
Si tienes SQM tambien podrias pedir ademas del reconocimiento medico y la adaptacion, que se te declare trabajador especialmente sensible.
Como te dicen los compis, aunque no te hagan ni caso, son mas cosas a tu favor en el juicio.
Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 13 Ago 2017, 14:36
por elipoarch
Tu abogado no va a hacer un informe médico, sino a explicar a la empresa que tus médicos han reconocido que tienes unas limitaciones y que, por ley, deberían estudiar cómo adaptar tu puesto u horario de trabajo a ellas. Y es la empresa la que debe estudiar cómo hacerlo, no tú. En realidad, no servirá de nada si tu puesto no puede adaptarse, aunque podrían ofrecerte una adaptación del horario, por ejemplo, pero vamos, no esperes demasiado... Lo importante es que quede constancia de que, aunque el ICAM te envíe a trabajar por "estar curado", eso es mentira, y que la empresa sea consciente de que no estás bien. Y así, queda constancia también para el juez, cuando lea tu expediente.
Re: IP denegada a los 18 meses
Publicado: 13 Ago 2017, 16:32
por joselete
elipoarch escribió: ↑11 Ago 2017, 15:04
Joselete, por si no lo sabes, si el médico te da la baja tienes que llevarla al EVI/ICAM para que te la autoricen. No te vale con que el médico te dé una baja, necesitas una autorización expresa del EVI/ICAM. Si no es así, te puedes quedar sin cobrar tu sueldo (o tener que devolver lo cobrado cuando se den cuenta). Tu única opción real es la que te han comentado: empezar tu procedimiento legal y trabajar (o pedir una excedencia) durante 6 meses antes de conseguir una nueva baja. Además, si te autorizan una nueva baja en el ICAM/EVI, te darán de alta tan pronto como sea posible (no te van a permitir "exagerar" tus dolores) y tendrás que esperar 6 meses para conseguir una nueva baja igualmente, a contar desde la fecha de tu nueva alta.
me pregunto respecto a la excedencia, si existiera la posibilidad de solicitarla por cuidado de hijo, en lugar de una excedencia voluntaria, sería conveniente hacerlo por ese motivo por el mismo plazo, en lugar de una voluntaria ?